Certificado de defunción
Le damos servicio de asesoramiento en materia de registros civiles y también nos podemos ocupar en su nombre de algunas gestiones y trámites para obtener el certificado de defunción por Internet.
Si no puede desplazarse hasta el registro civil o ayuntamiento competente, no dispone de tiempo para hacer cola o simplemente desconoce cómo realizar el trámite o no quiere hacerlo usted mismo, puede delegar en nosotros la gestión de la partida de defunción, rellenando el formulario que encontrará más adelante. En este formulario le pedimos algunos datos obligatorios y otros opcionales que nos ayudarán a obtener este documento. Cualquier documentación que solicite se le enviará al domicilio que nos indique por medios seguros (generalmente, mensajería urgente).
Solicitud certificado de defunción
Cuando se produce un fallecimiento hay algunos trámites legales que deben realizarse y otros que puede necesitar realizar en un futuro. Para todos ellos se hace necesario obtener el documento oficial que confirma este fallecimiento, el certificado, partida o acta de defunción.
Si quiere saber más sobre el mismo y cómo obtenerlo, continúe leyendo.
Solicitar certificado de defunción
¿Qué tiene que hacer para pedir un certificado de defunción?
Para solicitar un certificado de defunción es necesario, en la mayoría de los casos:
- Desplazarse hasta el Registro Civil, Juzgado de Paz o Ayuntamiento correspondiente a donde se haya inscrito la defunción.
- Hacer la solicitud y gestionarlo, lo cual, dependiendo del registro, puede resultar más o menos tedioso. Hay más de 8000 ayuntamientos o registros civiles en España y cada uno funciona de forma independiente, con sus horarios de atención (en algunos por ejemplo solo atienden una tarde a la semana y en otros es por las mañanas) y formas particulares de pedir el certificado de defunción.
- Realizar gestiones telefónicas que pueden durar días hasta conseguir la confirmación de la solicitud del certificado de defunción.
Certificado de defunción online
¿Qué hace por usted nuestro servicio online de solicitud de certificados de defunción?
- Tramitamos su certificado de defunción literal o plurilingüe de cualquier certificado de defunción registrado en España o en otro país a partir desde el año 1871.
- Contactamos con usted inmediatamente en el caso de que haya algún dato erróneo o falte algún documento.
- Le hacemos llegar el certificado de defunción al domicilio que nos indique por Mensajero, forma más rápida y eficiente que correo postal.
- Si el fallecimiento ha tenido lugar en otro país y necesita solicitar un certificado de defunción, nosotros podemos hacer los trámites necesarios siempre y cuando la defunción haya sido registrada con antelación en cualquier Embajada o Consulado español en dicho país extranjero, o bien en el Registro Civil Central de Madrid.
Certificado de defunción registro civil
¿Qué ventajas consigue con nuestro servicio online de solicitud de certificados de defunción?
- Olvídese de desplazamientos, llamadas, colas y esperas.
- Puede solicitar su partida literal o plurilingüe de defunción desde su ordenador o dispositivo móvil cuando quiera y dónde quiera.
- Ahorre tiempo y gane tranquilidad.
¡Nos importa su tranquilidad!
Somos un equipo comprometido con un servicio confiable, seguro y de calidad.
Por eso esta web está cifrada y protegida mediante un certificado SSL de máxima seguridad que garantiza que la tramitación online de los datos sea segura.
También cumplimos toda la normativa vigente en materia de protección y gestión de datos personales, por eso una empresa externa certifica que cumplimos con la LOPD/GRPD y la LSSI.
¿Quiere saber más sobre las características de nuestro servicio de tramitación de certificados?
No tenemos relación con el ministerio de justicia ni con organismos públicos. Nuestro servicio consiste en asesorarle en materia de registros civiles, y también podemos gestionar y realizar ciertos trámites como el certificado de nacimiento, en su nombre, en caso de que no pueda o quiera desplazarse o no sepa cómo realizarlos. No obstante, le informamos de que estos trámites pueden ser realizados por usted pidiendo cita o desplazándose al Registro Civil competente, ayuntamiento, juzgado de paz o consulado, según el caso.
¡Solicite ya un certificado de defunción rellenando un simple formulario!
Información de interés para pedir su certificado/certificación de nacimiento
1 / Es importante que indique el motivo de la solicitud para legalizar correctamente el certificado de defunción. Elija la finalidad que corresponda en su caso por ejemplo:
- Últimas voluntades.
- Obtener la pensión de viudedad.
- Acceder a una herencia.
- Para conocer la filiación adoptiva no matrimonial o desconocida
- Cancelar una cuenta bancaria.
- Traslado de nicho.
- Cambio de titularidad de una propiedad.
- Presentar ante organismos oficiales.
2 / Si el fallecimiento ha tenido lugar en otro país y necesita solicitar un certificado de defunción, nosotros podemos hacer los trámites necesarios siempre y cuando la defunción haya sido registrada con antelación en cualquier Embajada o Consulado español en dicho país extranjero, o bien en el Registro Civil Central de Madrid.
3 / Recuerde que todos los certificados de defunción tienen una validez de 3 meses.
4 / Sobre los certificados plurilingües: Es un extracto de los datos que posee el Registro Civil. En la mayoría de los casos, el certificado plurilingüe de Defunción muestra el nombre y apellidos del difunto, así como las fechas de nacimiento y de defunción, pero no detalla las notas marginales. Cuando esté rellenando el formulario con los datos que necesitamos, por favor, indique en el apartado de “Comentarios adicionales” qué datos necesita que contenga el certificado plurilingüe para realizar sus gestiones.
5 / La forma de envío de la documentación será por Mensajero (forma más rápida y eficiente que por correo postal). Si el fallecimiento ha tenido lugar en España pero reside en el extranjero, también podemos enviarle el certificado de defunción a cualquier parte del mundo.
6 / En caso de que delegue en nosotros el trámite de gestión para la obtención del certificado de defunción, nuestros honorarios por este servicio son de 33 euros (IVA no incluido) más el coste del envío y el correspondiente IVA. También puede solicitar, como trámites extra y por un suplemento, la Apostilla de La Haya, la Legalización de este certificado defunción, el Certificado de Últimas Voluntades o el Contrato de Seguros de Cobertura del Fallecimiento.
Tramitamos su certificado de Defunción ante el Registro Civil de cualquier localidad de España
Albacete, A Coruña, Alicante, Almería, Ávila, Badajoz, Barcelona, Bilbao, Burgos, Cáceres, Cádiz, Castellón, Ceuta, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Girona, Granada, Guadalajara, Huelva, Huesca, Jaén, León, Las Palmas de Gran Canaria, Lleida, Logroño, Lugo, Madrid, Málaga, Mallorca, Mérida, Melilla, Murcia, Ourense, Oviedo, Palencia, Pamplona, Pontevedra, Salamanca, San Sebastian, Santiago de Compostela, Santander, Segovia, Sevilla, Soria, Tarragona, Tenerife, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Vitoria, Zamora, Zaragoza.
Solicitar Certificado de defunción
Preguntas Frecuentes Certificado de defunción
¿Qué es el certificado literal de defunción?
Un acta de defunción online es el documento oficial emitido por los registros civiles mediante el cual se acredita el fallecimiento de una persona. En ella está contenido el nombre, nacionalidad, lugar, fecha y hora en la que fallece una persona, entre otros datos de interés.
El certificado de defunción es un documento imprescindible para realizar diversos procedimientos legales, como la adjudicación de una herencia, y de ahí que sea recomendable pedirlo cuanto antes en el momento en el que un familiar fallezca. Se expide por el encargado del Registro Civil o Juzgado de Paz donde haya ocurrido el fatal desenlace.
La inscripción de defunción también es necesaria para realizar ciertas gestiones como la solicitud de la pensión del cónyuge y la de orfandad. Y recuerde que tiene una duración de validez de tres meses.
¿Qué es el Certificado de Defunción Plurilingüe o internacional?
Se emiten para poder realizar trámites en países extranjeros. La peculiaridad del Certificado Plurilingüe de Defunción con respecto a otros tipos de Certificados de Defunción reside en que surte efecto en todos los países que hayan ratificado el Convenio de Viena. Obviamente, el Certificado Plurilingüe de Defunción se emite en el idioma oficial de todos estos países, o de otro modo, no podría surtir efectos más allá de España.
Estos certificados plurilingües emitidos para que surtan efectos en estos países, están exentos de la Apostilla de la Haya. Hay otros países no firmantes de este convenio que aceptan el certificado Plurilingüe siempre que vayan legalizados.
Nota. Tenga en cuenta, que el certificado plurilingüe es un extracto de los datos que posee el Registro Civil. En la mayoría de los casos, el certificado plurilingüe de Defunción, muestra el nombre y apellidos del difunto, así como las fechas de nacimiento y de defunción, pero no detalla las notas marginales. Cuando esté rellenando el formulario con los datos que necesitamos, por favor, indique en el apartado de “Comentarios adicionales” que datos necesita que contenga el certificado plurilingüe para realizar sus gestiones.
¿Quién puede pedir un certificado de defunción?
Puede solicitarlo cualquier ciudadano que tenga un interés legítimo, y se dará publicidad si no tiene limitado el acceso por motivos legales. En estos casos, debe presentarse una autorización especial.
¿Para qué se necesita el certificado de defunción?
Cuando una persona fallece lamentablemente, son varios los trámites que hay que realizar, como por ejemplo:
- Cancelar una cuenta bancaria.
- Rescindir un contrato.
- Solicitar el Certificado de Última Voluntad.
- Certificado de seguros de cobertura del fallecimiento.
- Pedir pensión etc.
¿Cual es el precio de la gestión y tramitación y envío del certificado de defunción ?
Nuestros honorarios de asesoramiento y gestión del certificado de defunción son de 33 €.
A este precio debe sumarle el coste del envío y, si lo solicita también, la legalización del Certificado, el Certificado de Últimas Voluntades o el Contrato de Seguros de Cobertura del Fallecimiento. Al importe final le será de aplicación el IVA. De cualquier modo podrá ver el total a pagar antes de confirmar la solicitud.
¿Cómo pedir/solicitar un certificado de defunción?
Si no desea usar nuestro servicio de asesoramiento y gestión, puede obtener el certificado de defunción acudiendo al registro civil o ayuntamiento competente o gestionándolo directamente con ellos en el horario de y forma de atención que tengan establecido.
¿Cuánto tiempo tardaré en recibir mi certificado de defunción del Registro Civil?
El tiempo de gestión de este trámite depende de la suma de dos factores, lo que tarda el Registro Civil en emitir el certificado, más el tiempo del envío.
El tiempo del Registro es variable, depende de cada Registro Civil y de la fecha del año en la que se solicite, no depende de nosotros.
Este tiempo varía si la fecha del hecho es anterior a 1950 o posterior. Si es posterior a esta fecha y el Registro Civil tiene digitalizados los tomos, puede que tengamos el certificado que nos ha solicitado entre 3 y 6 días.
Si el Registro competente no tiene los datos digitalizados, o la fecha del hecho es anterior a 1950, el tiempo que por norma general están tardando en enviarnos los documentos ya firmados por el Juez, está entre 5 y 15 días.
Cuando se trata de hechos ocurridos en otros países y se ha registrado en el Registro Civil Central/Consulado, el tiempo estimado está entre 20 días o dos meses.
Este tiempo varía tanto, dependiendo de la carga de trabajo que tengan en cada momento. Todos los tiempos mencionados anteriormente son aproximados. Si necesita conocer mas en concreto en cuánto tiempo va a tener su certificado, antes de realizar la solicitud, escribanos.
A estos tiempos aproximados que le hemos indicado se suma el tiempo del envío, que suele estar en 1 día (envíos por mensajero) desde que sale de nuestras oficinas.
Si además del certificado de defunción, nos pide que hagamos el trámite de Ultimas Voluntades, el Contrato de Seguros de Cobertura del Fallecimiento o la Apostilla de la Haya, hay que añadirle 6 ó 10 días más.
Si el envío es para otro país, los tiempos están reflejados en el apartado del formulario de más arriba (Forma de envío de los certificados)
Si desea conocer con más exactitud el plazo de entrega de la documentación, por favor contacte con nosotros y le informaremos.
Tipos de certificado de defunción
El Registro Civil distingue entre los certificados positivos de defunción (acreditan la inscripción de una muerte en ese Registro) y los negativos (lo contrario). A continuación, le explicamos para qué sirve cada uno y cómo solicitarlo.
Certificados positivos de Defunción
Este tipo de certificado de defunción acreditan la inscripción de la muerte de una persona en el Registro Civil, y a su vez podemos encontrar dos subtipos: Certificados literales y extractos.
· Certificado literal de Defunción: Es una copia completa y literal de la inscripción de defunción y de los asientos relacionados con la muerte de una persona, en la que se contienen datos como su identidad, hora y lugar de fallecimiento, pero no consta las causas del fallecimiento. Para conocer la causa, los familiares podrán solicitar al Registro Civil una copia del libro del certificado de médico.
· Certificado en extracto: Es un resumen de la información contenida en el mismo, quedando plasmados solo los datos esenciales relativos a la identidad del fallecido. Puede ser de tres subtipos:
- Ordinarios: Se expide en español, para aquellas comunidades autónomas en las que el único idioma oficial sea el castellano.
- Internacional o plurilingüe: Surte efectos en todos los países que ratificaron el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976, entre los países firmantes del mismo: Alemania, España, Francia, Italia, Portugal, Austria, Suiza, Bélgica (por solo nombrar algunos). Se expide en todos los idiomas de los países firmantes de este convenio.
- Bilingüe: Siempre que se solicite un certificado en extracto en una Comunidad Autónoma que tenga su propio idioma oficial, este será emitido en castellano y en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma en el que se expida.
Certificados negativos de Defunción
Estos certificados acreditan que una persona que ha fallecido no está inscrita en ese Registro Civil como fallecida, pero sí tendrá validez legal a los efectos de acreditar que esa persona no está inscrita o no ha fallecido en ese municipio.
¿Quién puede pedir un certificado de Defunción?
Pueden solicitarse en el Registro Civil Correspondiente por cualquier persona que tenga interés en ello, siempre que conozca el registro en el que figura inscrita la defunción y salvo en los supuestos que no pueda darse publicidad del documento sin autorización especial.
Cualquier Registro Civil, Juzgado de Paz presume que la persona que solicita un certificado de defunción tiene un interés para hacerlo.
No obstante, existen algunas excepciones a esta norma y tendrá que realizarlo el propio interesado o un tercero con una autorización especial, nosotros le comunicaremos este hecho en cuanto tengamos conocimiento si el certificado tiene publicidad restringida y no podemos realizar el trámite.
Legalmente, no se podrá solicitar un certificado de defunción en los siguientes casos:
- De fallecidos por circunstancias deshonrosas.
- De fallecidos en con un expediente con carácter reservado.
- Del legajo de abortos.
¿Quién da el certificado de defunción?
Es el funcionario encargado de ese Registro Civil o Consular quien genera ese documento y es firmado por el secretario o el Juez de Paz.
¿A quién se le entrega el certificado de defunción?
El certificado es entregado a cualquier persona que tenga interés legítimo en conocer esos datos. Hay algunos supuestos legales, que impiden que se le entregue a cualquier ciudadano sin antes no tiene una autorización.
¿Es necesario apostillar el certificado de defunción?
No es necesario apostillar el certificado de defunción, siempre que el certificado no se necesite para gestiones en otros países. Cuando necesite realizar estos trámites en países firmantes del Convenio de Viena de 8 de septiembre del 1976, es decir:
- España
- Alemania
- Austria
- Bélgica
- Francia
- Grecia
- Italia
- Luxemburgo
- Holanda
- Portugal
- Suiza
- Turquía
- Eslovenia
- Croacia
- Macedonia
- Bosnia
- Serbia
- Polonia
- Montenegro
- Moldavia
- Lituania
- Estonia
- Rumanía
- Bulgaria
Para estos supuestos solo con un certificado Internacional o Plurilingüe le valdría. La Apostilla es necesaria e imprescindible si el certificado va dirigido a los países firmantes del Convenio de la Haya.