Entre las muchas tareas encomendadas al Registro Civil de Granollers, una de las habituales es la petición de los certificados de nacimiento, certificados de matrimonio o los certificados de defunción. Para poder obtenerlos, solo tienen que pinchar en los enlaces aquí expuestos.
Dentro del contenido de esta web, daremos información de los datos de contacto del Registro Civil de Granollers, que gestiones realiza, o como solicitar cita previa para aquellos trámites que se realizan presencialmente, un poco más abajo, detallamos el procedimiento a seguir.
Dirección: Carrer de Josep Umbert i Ventura, 124, 08402 Granollers
Teléfono: 936 934 502
Correo electrónico: registre.civil.granollers@xij.gencat.cat
El horario de atención público, es de lunes a viernes desde las 9 hasta las 14 horas (Llame o pida cita antes de acudir a la oficina, los horarios pueden sufrir cambios. Más abajo le indicamos la forma de solicitar cita previa)
Están inscritos en el Registro Civil de Granollers los siguientes casos:
Para pedir cita previa y acudir en persona al Registro Civil de Granollers, el Gobierno Catalán pone a disposición de los usuarios un portal online de la Generalitat.
Una vez dentro de ese portal debe de elegir el Registro Civil donde usted quiere acudir. El siguiente paso es seleccionar el trámite que quiere realizar y una vez dentro, elegir el día y la hora que esté libre y que a usted le convenga.
Dentro de los trámites de los que se ocupa el Registro Civil y que usted debe seleccionar están estos:
Adopción Internacional.
Cambio de nombre y/o sexo.
Duplicado del libro de familia.
Expediente de Rectificación de errores.
Fe de vida y estado
Matrimonio. Y dentro de este apartado lo que se refiere a:
Expediente de matrimonio
Inscripción de un matrimonio casado en el extranjero
Nacionalidad. Y dentro de esta categoría, lo referido a:
Autorización del encargado del Registro Civil a menores de 14 años
Juramento de nacionalidad española
Opción de nacionalidad
Opción de Nacionalidad (ley de memoria democrática)
Nacionalidad española por simple presunción
Nacimiento. Y dentro este apartado los siguientes servicios:
Inscripción de nacimiento
Inscripción de nacimiento fuera del plazo
Inscripción de un nacimiento producido en el extranjero
Nombre y apellidos. Y dentro de este trámite lo que se refiere a:
Cambio de nombre por uso
Inversión de apellidos
Traducción de nombre y apellidos
Reconocimiento paterno.
Traslado de inscripciones.
Una vez elegido el trámite ya podrá seleccionar el día y la hora que esté libre y que a usted le interese, una vez hecho esto, deberá rellenar un formulario con sus datos: nombre y apellidos, documento de identidad, teléfono y dirección de correo electrónico. A continuación ya podrá ratificar la cita.
Nota. Es importante conocer que estos datos son meramente informativos y puede darse el caso que el encargado del Registro Civil le solicite más datos y documentos de los que aparece en esa información.
Si necesita más información o conocer si los datos antes descritos están actualizados, por favor, diríjase al enlace antes mencionado o al que usted considere, o llame directamente al Registro Civil de Granollers.
Es posible realizar la solicitud electrónicamente a través de nuestro portal, completando la información del formulario o ingresando en la página web del Ministerio de Justicia, siempre que este documento esté digitalizado.
Para ello usted podrá personarse en el Registro Civil de la ciudad donde está el hecho inscrito y pedir su certificado. No obstante, hay que tener en cuenta que muchas de estas oficinas requieren pedir cita previa.
Enviando una carta a la oficina del Registro Civil en la que se indique el nombre del solicitante y el número del documento de identidad, así como el nombre y apellidos de la persona inscrita en el Registro, así como la fecha del hecho. Este servicio no tendrá muncha fiabilidad ya que no tendremos justificante de que la carta llegue a la oficina de ese Registro Civil o Juzgado de Paz.
Se puede solicitar en el portal del Ministerio de Justicia. No obstante, hay que tener en cuenta que el documento a solicitar sea posterior a 1950 y que no todos los Registros Civiles y Juzgados de Paz en España tienen los datos digitalizados y por lo tanto, solamente una pequeña parte de los Registros Civiles y sobre todo los Juzgados de Paz, están disponibles para contactar con ellos a través del desplegable de la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
Por último, y no menos importante, que la información ha de ser lo más completa posible y sin errores y siempre tendrá que disponer del certificado digital y tener su ordenador preparado técnicamente para realizar estos trámites.
A través de nuestro servicio, no se tienen que preocupar de nada de esto, puesto que si el trámite lo realizamos nosotros, nada de esto es necesario.
En consecuencia, aunque a priori parece un trámite sencillo, contactar con el Registro Civil puede resultar tedioso y muchas veces hasta frustrante.
Por eso, desde este portal le asesoramos en materia de Registros Civiles y podemos gestionar y realizar algunos trámites en su nombre ante cualquier Registro Civil o Juzgado de Paz de España, sin que tenga que desplazarse o hacer cola y si los datos están informatizados o no, nosotros nos ocupamos en todos los supuestos.
Tampoco hace falta que disponga de su certificado de digital. Para ello solo tiene que rellenar el formulario y seguir los pasos que se le indica, es muy sencillo. El certificado se le hará llegar a su domicilio por mensajero.
Existen varios tipos de certificaciones que se pueden solicitar ante el Registro Civil de Granada, dependiendo del trámite para el cual se nos pide:
Este es el certificado original y completo que incluye toda la información registrada en el momento de la inscripción y hechos posteriores ocurridos en la vida de esa persona, como la obtención del DNI, pasaporte, matrimonio etc.
Este es una copia simplificada del certificado literal, que solo incluye información básica como el nombre, fecha, lugar del hecho y poco más.
Es aquel que está publicado en la lengua oficial de la comunidad autónoma, además del castellano.
Este certificado es emitido por el Registro Civil y está diseñado para ser reconocido en otros países.
Es aquel que se expide para comunicar que la persona que solicita la certificación no está inscrita en el Registro Civil o Juzgado de Paz de la localidad.
A continuación damos detalle de algunos de esos trámites:
El certificado de Fe de Vida o de Estado, es el documento que acredita que una persona está viva y el Estado Civil que tiene en ese momento.
Para acudir a la cita, sepa que tiene que identificarse con su DNI, libro de familia y el certificado de empadronamiento.
Si la persona interesada no pudiese acudir y lo hace otra persona en su nombre, este debe presentar su DNI y la copia del DNI del interesado, así como el certificado médico (con una antigüedad no superior a 7 días) que certifique que esa persona está viva, pero es incapaz de acudir a ese acto.
El certificado de divorcio no existe como tal. Para justificar el divorcio de una persona, se acredita con el certificado literal de matrimonio. Cuando el divorcio ya sea efectivo, el encargado del Registro Civil inscribirá una nota marginal en los datos registrales referentes a ese matrimonio, por lo tanto, el certificado de matrimonio es el documento válido para justificar el divorcio.
La emancipación puede concederse de forma legal o judicial. Lo que supone la emancipación, es la retirada de la tutela o de la patria potestad del menor a cargo de los padres. Esta emancipación tiene unos límites en algunos supuestos. La consecuencia de la emancipación es conceder al menor los derechos y obligaciones de un mayoría de edad. Los documentos a presentar en el Registro Civil de la localidad del menor es la de:
DNI tanto de los padres como la del menor, Certificado de nacimiento del menor y el certificado de empadronamiento
El Registro Civil de Sabadell emite certificados, para poder obtenerlos, puede realizarlos telemáticamente o presencialmente, si se dirige en persona al Registro Civil, sepa que antes tiene que solicitar cita previa.
Es el trámite por el cual se rectifica el sexo en una persona en los datos inscritos en el Registro Civil. Este cambio, en la mayoría de los casos, va acompañado del cambio de nombre para adecuarlo al sexo que se solicita. Deberá aportar los siguientes documentos:
Una adopción es el vínculo que hay entre los adoptantes y el adoptado, igual que puede haber entre los hijos biológicos. El resultado de esta relación es la que se constituye después de una resolución Judicial. Una vez que se haya materializado la adopción, será el encargado del Registro Civil quien anote esa resolución en una nota registral.
Cualquier ciudadano puede cambiar de nombre o alterar el orden de los apellidos. Solo se puede alterar el orden de los apellidos una sola vez. El cambio de nombre si se puede hacer cuantas veces se quiera, siempre que se den las siguientes circunstancias:
Según refleja la Ley 20/2022 de 19 de octubre de Memoria Democrática, pueden optar a la Nacionalidad española a personas que hayan nacido fuera de España de padres, madres, abuelos y abuelas que hubieran sido originariamente Españoles y que por un exilio, por razones políticas, ideológicas o por creencias de identidad sexual, hubieran renunciado o perdido la Nacionalidad española.
Podrán optar a la Nacionalidad española las siguientes personas:
Según establece la definición del Ministerio de Justicia. La Nacionalidad por posesión de estado la obtendrá la persona que se ajuste a los términos siguientes: “Tendrá Derecho a la Nacionalidad Española aquella Persona que haya Poseído y Utilizado esta Nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español en realidad), en base a un Título inscrito en el Registro Civil. La Nacionalidad Española no se perderá aunque se anule el Título inscrito en el Registro Civil. El Interesado debe haber mantenido una actitud activa en dicha Posesión y Utilización de la Nacionalidad Española, esto significa que deberá haberse comportado teniéndose a sí mismo por español, tanto en el disfrute de sus derechos como en el cumplimiento de sus deberes en relación con Órganos del Estado español”
La adquisición de la Nacionalidad por residencia conlleva que el ciudadano que quiera acceder a ella por este medio, debe de residir en España continuadamente al menos 10 años antes desde que se solicita, este tiempo puede reducirse en algunos supuestos a 5, 2 y 1 año según establece la Ley.
La posibilidad de optar al trámite de la nacionalidad por opción es de las personas extranjeras que cumplen una serie de condiciones, son las siguientes:
Como la propia definición indica, son los españoles de origen los que tienen derecho a la Nacionalidad española, se entiende españoles de origen según las circunstancias siguientes:
El certificado de nacimiento, también llamado acta o partida de nacimiento, es un documento oficial emitido por el personal del Registro Civil o del Juzgado de Paz. En él viene reflejado la fecha y el lugar, así como la hora del nacimiento, nombre y sexo del nacido. Da información de los nombres de los padres del inscrito, donde nacieron, así como los nombres de los padres de estos.
El documento también reflejará en notas marginales, se las hubiese, los hechos que acontecieron en la vida de esa persona, como es el matrimonio, divorcio, la obtención del DNI etc. El certificado vendrá refrendado por el nombre y la firma del encargado del Registro Civil o Juzgado de Paz donde se emitió.
A continuación les detallamos algunos ejemplos de esos trámites:
Un certificado de matrimonio, llamado también acta de matrimonio o partida de matrimonio, es un documento legal que acredita que dos personas han contraído matrimonio, todos los datos referentes al enlace son inscritos por el encargado de la Oficina del Registro Civil donde ha tenido lugar la ceremonia. Suele contener información como los nombres de los contrayentes, el lugar y fecha de matrimonio, el nombre de los testigos etc.
A continuación tiene algunos ejemplos de esos trámites:
Un certificado de defunción es un documento oficial que certifica la muerte de una persona, informa de los datos personales del difunto, fecha y lugar del fallecimiento entre otros datos.
El fallecimiento puede deberse a las siguientes causas y a las circunstancias que determina el lugar del fallecimiento:
La inscripción de la defunción en el Registro Civil debe de realizarse por el centro sanitario donde ha tenido lugar el fallecimiento.
Si el fallecimiento ha tenido lugar fuera de estas instalaciones, pero la certificación de la muerte ha sido ratificada por un profesional de la medicina, será este que inicie el proceso de inscripción en el Registro Civil y emitirá el correspondiente certificado médico.
Por último, si no se dan las dos primeras circunstancias, es decir, que no ha sido atendido el difunto en la hora del fallecimiento por ningún profesional, será el familiar más cercano el que tiene obligación de iniciar los trámites para esa inscripción en el Registro Civil.
La declaración de defunción se presenta al Registro Civil con un certificado médico de fallecimiento o una orden judicial de inscripción.
El Registro Civil sí dará publicidad del certificado de defunción pero no el del certificado médico, para conocer las causas de la muerte. Solo se atenderá la petición de la emisión del certificado médico a los herederos.
A continuación le mostramos algunos de esos trámites:
Es el documento necesario para conocer si el fallecido ha dejado testamento o no y en la notaría donde está. Si el difunto sí ha dejado hecho testamento en vida, los herederos podrán pedir una copia para posteriormente realizar cualquier acto sucesorio. Si el difunto no hubiese dejado testamento, el certificado así lo expresará.
El trámite para la obtención del certificado de actos de última voluntad se puede obtener a través de internet siempre que la fecha del fallecimiento sea posterior al 2 de abril de 2009 y la inscripción de la defunción no esté en un Juzgado de Paz. Si no se cumple alguno de estos dos requisitos la gestión hay que realizarla presencialmente o por correo ordinario.
El certificado de actos de última voluntad no se podrá solicitar hasta pasados 15 días hábiles desde el día del fallecimiento.
El certificado de contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, es el documento acreditativo donde se muestra los contratos vigentes de seguros que la persona fallecida tuviese contratados y en que compañías.
La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Si no tuviese ningún seguro, el certificado así lo ratificaría.
Nota. Todos los datos aquí expuestos son meramente informativos, si necesita conocer que están actualizados, le aconsejamos que se dirija a los enlaces que le hemos proporcionado, a los que usted considere o llame directamente al Registro Civil de Granollers.
Registros Civiles de Barcelona
Juzgados de Paz de Barcelona
Ventajas de usar nuestro servicio para obtener su certificado ante el Registro Civil de Granollers
Solicitud sencilla, rápida y sin tener que pasar largas colas ni esperas
Gracias a nuestro servicio de gestión de solicitud de certificados, usted sólo tiene que preocuparse de rellenar el formulario y enviarnos la documentación pertinente. Del resto, nos ocupamos nosotros.
Envío por mensajero
En cuanto tengamos su certificado en nuestro poder, se lo enviaremos por Mensajero urgente. Porque nuestro deseo es que consiga sus certificados del Registro Civil cuanto
antes y de la forma más eficiente. Le enviamos la documentación que nos solicite a cualquier país.
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Tramitamos solicitudes de certificados ante los registros Civiles de España y ante cualquier consulado español en otro país.
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Nuestro portal está al servicio del ciudadano para la tramitación de forma online de solicitudes de certificados de nacimiento, certificados de matrimonio o certificados de defunción ante los Registros Civiles o Juzgados de Paz de todo el territorio nacional.
Usted puede realizar el trámite personalmente en muchos Registros Civiles, si dispone de su certificado digital o el sistema Cl@ve. También puede dirigirse en persona a la oficina del Registro Civil de su ciudad pidiendo, para ello, cita previa. En estos casos, no le cobrarán nada por el documento.
Si reside en el extranjero y necesita su certificado de nacimiento, el certificado de matrimonio o un certificado de defunción de hechos acontecidos en España, no se preocupe, realizaremos la gestión y le enviaremos el documento solicitado a cualquier otro país.
Si el nacimiento, matrimonio o defunción ha ocurrido en el extranjero y necesita su certificado, con nosotros puede obtenerlo y se lo enviamos a su domicilio, siempre que el hecho haya sido registrado en cualquier Embajada o Consulado español en el extranjero o en el Registro Civil Central.
Sepa también, que como valor añadido a la gestión para la obtención de un certificado, podemos hacer el trámite para apostillar el certificado solicitado, así como la obtención en la misma solicitud, del certificado de actos de última voluntad o el certificado de seguros de cobertura de fallecimiento.