Dirección: C. Estrella de Elola, 11, 28341 Valdemoro, Madrid, España.
Teléfono: 918 955 263
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Correo electrónico: registrocivil.valdemoro@justicia.es
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El Registro Civil es un organismo público dependiente del Ministerio de Justicia. Se encarga de verificar, inscribir y divulgar los hechos y actos jurídicos que afectan al estado civil de las personas. Todos los asuntos referentes al Registro Civil están supervisados por la Dirección General de los Registros Civiles y del Notariado.
El contenido del Registro Civil está integrado por el conjunto de registros individuales de las personas físicas y por el resto de las inscripciones que se practiquen en el mismo conforme a lo previsto en la Ley.
En el Registro Civil constarán los hechos y actos inscribibles que afectan a los españoles y los referidos a extranjeros acaecidos en territorio español.
El Registro Civil está compuesto de personal de la carrera judicial, presidido por un Juez, secretario y funcionarios de Justicia.
En los municipios donde no haya Juzgado de primera instancia e instrucción se constituye el Juzgado de Paz. El Juez de Paz ejerce funciones jurisdiccionales sin necesidad de pertenecer a la Carrera Judicial puesto que se trata de un ciudadano designado a propuesta del respectivo Ayuntamiento por un período de 4 años, sin que sea necesario estar licenciado en derecho.
Además del Juez de Paz tendrá plaza un secretario y en municipios de más de 7000 habitantes, se incorporarán también funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.
El Registro Civil se divide en cuatro secciones: La de nacimientos y general, la segunda la de matrimonios, la tercera defunciones y la cuarta, tutelas y representaciones legales.
Los trámites de los que se suelen encargar los Registros Civiles, en este caso el Registro Civil de Valdemoro, son los siguientes:
Expediente de matrimonio Civil o de Capacidad Matrimonial
Inscripciones de Matrimonios Evangélicos
Inscripciones de Matrimonios Islámicos
Inscripción de matrimonio en el Registro Civil Central
Inscribir un Matrimonio Consular
Inscripción de Matrimonio Canónico celebrado en el ayuntamiento o ante notario.
Capitulaciones matrimoniales
Emisión de certificados. Certificados de Nacimiento, Matrimonio y Defunción.
Emancipaciones
Reconocimiento paterno
Rectificación de sexo y/o de nombre
Certificado de Fe de Vida y Estado Civil
Nacionalidad. Lo que se refiere a:
Conservación y recuperación de la Nacionalidad española
Juramento de la Nacionalidad
Nacionalidad española por simple presunción
Opción de Nacionalidad
Opción de Nacionalidad (Ley de memoria democrática)
Convenio de Nacionalidad entre España y Guatemala
Libro de familia
Traslado de inscripciones
Adopciones internacionales
Para solicitar cita previa para el Registro Civil de Valdemoro el Gobierno de la Comunidad de Madrid pone a disposición de los usuarios el portal online del Departamento de Justicia.
Una vez esté dentro del portal deberá elegir el Registro Civil donde usted quiere ir, en este caso el de Valdemoro, seguidamente se le abre otro desplegable con los siguientes trámites, trámites de los cuales deberá elegir uno, estos son:
Cambio de nombre
Apellidos
Corrección de error
Reconocimiento paterno
Duplicado de libro de familia. Etc.
Para el trámite de matrimonios. Recuerde que deberán comparecer los contrayentes, con el testigo y toda la documentación necesaria.
Nota: Para conocer si los datos expuestos aquí están actualizados diríjase a los enlaces aportados, o llame directamente al Registro Civil. Si el trámite que usted necesita realizar no estuviese en el desplegable del portal, llame para informarse.
Certificado literal: Este es el certificado original y completo que incluye toda la información registrada en el momento de la inscripción y hechos posteriores ocurridos en la vida de esa persona, como la obtención del DNI, pasaporte, matrimonio etc.
Certificado simple u Ordinario: Este es una copia simplificada del certificado literal, que solo incluye información básica como el nombre, fecha, lugar del hecho y poco más.
Certificado Bilingüe: Es aquel que está publicado en la lengua oficial de la comunidad autónoma, si la tiene, además del castellano.
Certificado internacional o plurilingüe: Este certificado es emitido por el Registro Civil y está diseñado para ser reconocido en otros países, es un extracto de los datos, solo muestra nombre y apellidos de la persona, nombre de los padres y fecha del nacimiento. Los certificados plurilingües son emitidos por los registros civiles de los países que forman parte del Convenio de La Haya de 1961 sobre la abolición del requisito de legalización de los documentos públicos extranjeros.
Certificado negativo. Es aquel que se expide para comunicar que la persona que solicita la certificación no está inscrita en el Registro Civil o Juzgado de Paz de la localidad en la que se ha solicitado.
Nota: Los certificados tienen una validez de 3 meses a excepción del certificado literal de nacimiento que se expide para la obtención por primera vez el DNI o el pasaporte por primera vez, que será de 6 meses.
Hay varias formas de pedir el certificado de nacimiento, el de matrimonio o el de defunción: Presencialmente, por correo postal o de forma online a través de la Página de Ministerio, o de forma online, pero a través de nuestra plataforma. A continuación se lo explicamos:
Presencialmente. Acudiendo personalmente al Registro Civil o Juzgado Paz, se diría que es la forma más directa y efectiva, pero tiene el inconveniente que tiene que desplazarse, normalmente deberá pedir cita antes y en algunos casos después de acudir, el funcionario le puede decir que el trámite lo tiene que solicitar de forma online, o justificar una urgencia para que le den el certificado.
Por correo postal. Enviando una carta a la oficina del Registro Civil en la que se indique el nombre del solicitante y el número del documento de identidad, así como el nombre y apellidos de la persona inscrita en el Registro, así como la fecha del hecho. Este servicio es el menos efectivo puesto que no tendremos justificante de que la carta llegue a la oficina de ese Registro Civil o Juzgado de Paz y aunque en teoría este es un método válido, luego depende de cada encargado de esa Oficina, que es el que determina el método por el cual se le debe a portar los datos para la obtención de unos de esos certificados.
Por internet. Se puede solicitar en el portal del Ministerio de Justicia. No obstante, hay que tener en cuenta que el documento a solicitar en muchos de los supuestos la fecha del hecho debe de ser posterior al año 1950 y no todos los Registros Civiles y Juzgados de Paz en España tienen los datos digitalizados y por lo tanto, solamente una pequeña parte de los Registros Civiles y sobre todo los Juzgados de Paz, están disponibles para contactar con ellos a través del desplegable de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Por último, y no menos importante, la información ha de ser lo más completa posible y sin errores y siempre tendrá que disponer del certificado digital y tener su ordenador preparado técnicamente para realizar estos trámites.
A través de nuestro servicio online https://www.registrocivilcertificados.online/ no se tienen que preocupar de nada de lo dicho en los casos anteriores, puesto que si el trámite lo realizamos nosotros, nada de esto es necesario.
En consecuencia, aunque a priori parece un trámite sencillo, contactar con el Registro Civil puede resultar tedioso y muchas veces hasta frustrante.
Por eso, desde este portal le asesoramos en materia de Registros Civiles y podemos gestionar y realizar algunos trámites en su nombre ante cualquier Registro Civil o Juzgado de Paz de España, sin que tenga que desplazarse o hacer cola y si los datos están informatizados o no, nosotros nos ocupamos en todos los supuestos.
Tampoco hace falta que disponga de su certificado digital. Para ello solo tiene que rellenar el formulario de nuestra página web y seguir los pasos que se le indica, es muy sencillo. El certificado se le hará llegar a su domicilio por mensajero.
Un certificado de nacimiento o también llamado partida de nacimiento, es un documento legal que acredita la fecha, lugar y circunstancias del nacimiento de una persona. En España, las partidas de nacimiento son expedidas por el Registro Civil y contienen información como el nombre completo de la persona, fecha y lugar de nacimiento, nombres de los padres, sexo del nacido, entre otros datos. El funcionario del Registro Civil irá reflejando en el libro de esa inscripción las circunstancias personales que vayan aconteciendo en la vida personal del inscrito, como puede ser la obtención del certificado para la obtención de DNI, el pasaporte, el matrimonio etc.
Un certificado de matrimonio es un documento legal que acredita que dos personas han contraído matrimonio, todos los datos referentes al enlace son inscritos por el encargado de la Oficina del Registro Civil donde ha tenido lugar la ceremonia. Suele contener información como los nombres de los contrayentes, el lugar y fecha de matrimonio, el nombre de los testigos etc. Igual que el certificado de nacimiento, en el de matrimonio se van apuntando en notas marginales las circunstancias que el de venir de los acontecimientos pueda sufrir cambios la relación matrimonial, como puede ser las capitulaciones matrimoniales o el propio divorcio, etc.
Un certificado de defunción es un documento oficial que certifica la muerte de una persona, informa de los datos personales del difunto, fecha y lugar del fallecimiento entre otros datos.
El fallecimiento puede deberse a las siguientes causas y a las circunstancias que determina el lugar del fallecimiento:
La inscripción de la defunción en el Registro Civil debe de realizarse por el centro sanitario donde ha tenido lugar el fallecimiento.
Si el fallecimiento ha sido fuera de estas instalaciones, pero la certificación de la muerte ha sido ratificada por un profesional de la medicina, será este que inicie el proceso de inscripción en el Registro Civil y emitirá el correspondiente certificado médico.
Por último, si no se dan las dos primeras circunstancias, es decir, que no ha sido atendido el difunto en la hora del fallecimiento por ningún profesional, será el familiar más cercano el que tiene obligación de iniciar los trámites para esa inscripción en el Registro Civil.
La declaración de defunción se presenta al Registro Civil con un certificado médico de fallecimiento o una orden judicial de inscripción.
El Registro Civil sí dará publicidad del certificado de defunción pero no el del certificado médico. Solo se atenderá la petición de la emisión del certificado médico a los familiares más directos.
La declaración de defunción se presenta ante Registro Civil con un certificado médico de fallecimiento o una orden judicial de inscripción, y además, los siguientes datos:
Entre muchas de las gestiones que debemos realizar cuando una persona de nuestra familia fallece, está también la de obtener el Certificado de Actos de última Voluntad y el Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.
Es el documento necesario para conocer si el fallecido ha dejado testamento o no y en la notaría donde está. Si el difunto sí ha dejado hecho testamento en vida, los herederos podrán pedir una copia para posteriormente realizar cualquier acto sucesorio. Si el difunto no hubiese dejado testamento, el certificado así lo expresará.
El trámite para la obtención del certificado de actos de última voluntad se puede obtener a través de internet siempre que la fecha del fallecimiento sea posterior al 2 de abril de 2009 y la inscripción de la defunción no esté en un Juzgado de Paz. Si no se cumple alguno de estos dos requisitos la gestión hay que realizarla presencialmente o por correo ordinario.
El certificado de actos de última voluntad no se podrá solicitar hasta pasados 15 días hábiles desde el día del fallecimiento.
Solicitar un certificado de últimas voluntades
El certificado de contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, es el documento acreditativo donde se muestra los contratos vigentes de seguros que la persona fallecida tuviese contratados y en que compañías.
La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Si no tuviese ningún seguro, el certificado así lo ratificaría.
Solicitar certificado de seguros de cobertura por fallecimiento
Ventajas de usar nuestro servicio para obtener su certificado ante el Registro civil de Valdemoro
Solicitud sencilla, rápida y sin tener que pasar largas colas ni esperas
Gracias a nuestro servicio de gestión de solicitud de certificados, usted sólo tiene que preocuparse de rellenar el formulario y enviarnos la documentación pertinente. Del resto, nos ocupamos nosotros.
Envío por mensajero
En cuanto tengamos su certificado en nuestro poder, se lo enviaremos por Mensajero urgente. Porque nuestro deseo es que consiga sus certificados del Registro Civil cuanto
antes y de la forma más eficiente. Le enviamos la documentación que nos solicite a cualquier país.
En cualquier parte del mundo
Tramitamos solicitudes de certificados ante los registros Civiles de España y ante cualquier consulado español en otro país.
Si lo necesita, incluimos la apostilla o la legalización de sus certificados
Si por cualquier razón necesita apostillar o legalizar sus certificados, sólo tiene que indicárnoslo.
Experiencia, seguridad y profesionalidad al alcance de un clic
Puede tener absoluta confianza en que realizaremos sus gestiones lo antes posible, y con todas las garantías.
Certificado de seguridad y encriptación web
Nuestra web dispone de un certificado SSL, con lo que la información siempre viaja encriptada. Máxima seguridad en sus datos.
Nuestro servicio de solicitud online de certificados en el Registro civil de Valdemoro
Nuestro portal está al servicio del ciudadano para la tramitación de forma online de solicitudes de certificados de nacimiento, certificados de matrimonio o certificados de defunción ante los Registros Civiles o Juzgados de Paz de todo el territorio nacional.
Usted puede realizar el trámite personalmente en muchos Registros Civiles, si dispone de su certificado digital o el sistema Cl@ve. También puede dirigirse en persona a la oficina del Registro Civil de su ciudad pidiendo, para ello, cita previa. En estos casos, no le cobrarán nada por el documento.
Si reside en el extranjero y necesita su certificado de nacimiento, el certificado de matrimonio o un certificado de defunción de hechos acontecidos en España, no se preocupe, realizaremos la gestión y le enviaremos el documento solicitado a cualquier otro país.
Si el nacimiento, matrimonio o defunción ha ocurrido en el extranjero y necesita su certificado, con nosotros puede obtenerlo y se lo enviamos a su domicilio, siempre que el hecho haya sido registrado en cualquier Embajada o Consulado español en el extranjero o en el Registro Civil Central.
Sepa también, que como valor añadido a la gestión para la obtención de un certificado, podemos hacer el trámite para apostillar el certificado solicitado, así como la obtención en la misma solicitud, del certificado de actos de última voluntad o el certificado de seguros de cobertura de fallecimiento.