El Registro Civil de Vilanova i la Geltrú es un Organismo Público dependiente del Ministerio de Justicia, que es el encargado de inscribir los actos que tienen que ver con la filiación de las personas, inscribe el matrimonio, el nacimiento o la defunción, etc. Rectifica los hechos ya inscritos como el nombre y apellidos de la persona registrada, sexo o la afiliación, corrige errores, emite certificados, como es el caso del certificado de fe de vida y estado o los certificados de nacimiento, matrimonio o defunción.
A través de esta plataforma podemos realizar el trámite para la obtención del certificado de nacimiento el certificado de matrimonio o el certificado de defunción, solo tiene que seleccionar el certificado que necesita, rellenar un formulario con los datos para gestionar el trámite y los datos de envío.
Si necesita el certificado de actos de última voluntad o el certificado de seguros de cobertura por fallecimiento, pinche en el botón del certificado de defunción ahí podrá marcar estos dos trámites relacionados con el fallecimiento de una persona. Haremos los trámites que necesite y los documentos se le enviarán a su domicilio por medio de mensajero.
A continuación explicaremos como tiene que solicitar cita previa para aquellos trámites que se tiene que realizar presencialmente en el Registro Civil de Vilanova i la Geltrú, cuales son y aportaremos también los datos de contacto de la oficina del Registro Civil.
Para solicitar cita previa para acudir al Registro Civil de Vilanova i la Geltrú, hay que conocer primero que hay trámites que se pueden solicitar de forma online y por lo tanto, no hay que desplazarse al Registro Civil para poder realizarlos, como es el caso del certificado de nacimiento el certificado de matrimonio o el certificado de defunción.
Hay otros trámites que sí hay que acudir en persona al Registro Civil de Vilanova i la Geltrú para poder realizarlos, normalmente hay que solicitar cita previa, para este propósito, el Gobierno Catalán pone a disposición de los usuarios un portal online del Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña.
Una vez dentro de ese portal, debe de elegir uno de los trámites que aparece en la pantalla, para posteriormente solicitar la cita del trámite que elija, son los siguientes:
Adopción internacional
Libro de familia
Certificados de nacimiento, matrimonio y defunción
Nacimiento. Dentro del apartado del nacimiento deberá elegir entre las siguientes opciones:
Inscripción de nacimiento
Inscripción de nacimiento fuera de plazo
Inscripción de nacimiento producido en el extranjero
Traslado de inscripciones
Adquisición de vecindad civil
Expediente de rectificación de error
Matrimonio. Dentro del apartado del matrimonio le aparecerán estas opciones:
Expediente de matrimonio y capacidad matrimonial
Inscripción de matrimonio canónico, celebrado en el ayuntamiento o ante notario
Inscripción de matrimonio celebrado en el extranjero
Inscripción de matrimonio islámico
Nombre y apellidos. Dentro de este apartado le aparecerán otros trámites, son estos:
Cambio de nombre y apellidos por uso
Traducción de nombre y apellidos
Inversión de apellidos
Supresión y/o adición de la letra y entre los apellidos
Cambio de nombre y/ o sexo (Ley 4/2023 de 28 de febrero)
Fe de vida y estado
Nacionalidad. Dentro de la Nacionalidad podrá seleccionar uno de los siguientes trámites:
Juramento de nacionalidad
Nacionalidad española por simple presunción
Opción de nacionalidad
Opción de nacionalidad (Ley de memoria democrática)
Una vez elegido el trámite, ya podrá seleccionar el día y la hora que esté libre y que a usted le interese, una vez hecho esto, deberá rellenar un formulario con sus datos: nombre y apellidos, documento de identidad, teléfono y dirección de correo electrónico, a continuación ya podrá ratificar la cita.
Nota. Si el trámite que usted necesita realizar no estuviese en los aportados anteriormente, le aconsejamos que llame directamente al Registro Civil de Vilanova i la Geltrú y se informe. Para conocer que los datos aquí expuestos están actualizados puede dirigirse al enlace que le hemos proporcionado anteriormente, o llame directamente al Registro Civil.
Dirección: ronda Ibérica, 175, 08800 Villanueva y Geltrú, Barcelona, España
Teléfono: 936 571 057
Fax: 936 571 059
Correo electrónico: registrocivil.vilanovailageltru@justicia.es
Puede llegar a Registro Civil Vilanova i la Geltrú en Autobús.
Líneas de Autobús: BUSGARRAF, 1142, e15.1
Parada bus más cercana al Registro Civil de Vilanova i la Geltrú
Jutjats T, 08800 Villanueva y Geltrú, Barcelona
Jutjats A, 08800 Villanueva y Geltrú, Barcelona
A continuación damos detalles de cómo obtener estos certificados:
Es posible realizar la solicitud electrónicamente a través de nuestro portal, solo tiene que pinchar en el botón correspondiente del certificado que necesita, complete la información del formulario y el documento se lo haremos llegar a su domicilio por medio de mensajería, o también puede obtener los certificados ingresando en la página web del Ministerio de Justicia, siempre que este documento esté digitalizado en el Registro Civil o Juzgado de Paz donde se pida, sepa también que en la mayoría de los casos, la solicitud desde la web del Ministerio hay que realizarla con certificado digital o Cl@ve.
En teoría hay diferentes formas de obtener esos certificados, a continuación lo explicamos.
Para ello usted podrá personarse en el Registro Civil de la ciudad donde está el hecho inscrito y pedir su certificado. No obstante, hay que tener en cuenta que muchas de estas oficinas requieren pedir cita previa y que cuando acude a la oficina el encargado le podrá decir que el trámite lo tendrá que realizar a través de internet y en otros casos para que le den el certificado, deberá justificar una urgencia.
Enviando una carta a la oficina del Registro Civil en la que se indique el nombre del solicitante y el número del documento de identidad, así como el nombre y apellidos de la persona inscrita en el Registro y la fecha del hecho. Este servicio no tendrá muncha fiabilidad ya que no tendremos justificante de que la carta llegue a la oficina de ese Registro Civil o Juzgado de Paz y que después de que la reciban, se opongan a enviársela por correo, puesto que en la actualidad, muchas oficinas del Registro Civil la forma obligatoria para solicitar los certificados es de forma online.
Se puede solicitar en el portal del Ministerio de Justicia. No obstante, hay que tener en cuenta que el documento a solicitar sea posterior a 1950 en muchos casos y que no todos los Registros Civiles y Juzgados de Paz en España tienen los datos digitalizados y por lo tanto, solamente una pequeña parte de los Registros Civiles y sobre todo los Juzgados de Paz, están disponibles para contactar con ellos a través del desplegable de la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
Por último, y no menos importante, que la información ha de ser lo más completa posible y sin errores y siempre tendrá que disponer del certificado digital o la Cl@ve y tener su ordenador preparado técnicamente para realizar estos trámites.
No se tienen que preocupar de nada de esto, puesto que si el trámite lo realizamos nosotros, nada de esto es necesario.
En consecuencia, aunque a priori parece un trámite sencillo, contactar con el Registro Civil puede resultar tedioso y muchas veces hasta frustrante.
Por eso, desde este portal le asesoramos en materia de Registros Civiles y podemos gestionar y realizar algunos trámites en su nombre ante cualquier Registro Civil o Juzgado de Paz de España, sin que tenga que desplazarse o hacer cola y si los datos están informatizados o no, nosotros nos ocupamos en todos los supuestos.
Tampoco hace falta que disponga de su certificado de digital. Para ello solo tiene que rellenar el formulario y seguir los pasos que se le indica, es muy sencillo. El certificado se le hará llegar a su domicilio por mensajero.
A continuación aportamos la mayoría de los trámites de los que se encargan los Registros Civiles:
A continuación damos detalles de algunos de ellos:
El certificado de Fe de Vida o de Estado, es el documento que acredita que una persona está viva y el Estado Civil que tiene en ese momento.
Para acudir a la cita, sepa que tiene que identificarse con su DNI, libro de familia y el certificado de empadronamiento.
Si la persona interesada no pudiese acudir y lo hace otra persona en su nombre, este debe presentar su DNI y la copia del DNI del interesado, así como el certificado médico (con una antigüedad no superior a 7 días) que certifique que esa persona está viva, pero es incapaz de acudir a ese acto.
El certificado de divorcio no existe como tal. Para justificar el divorcio de una persona, se acredita con el certificado literal de matrimonio. Cuando el divorcio ya sea efectivo, el encargado del Registro Civil inscribirá una nota marginal en los datos registrales referentes a ese matrimonio, por lo tanto, el certificado de matrimonio es el documento válido para justificar el divorcio.
La emancipación puede concederse de forma legal o judicial. Lo que supone la emancipación, es la retirada de la tutela o de la patria potestad del menor a cargo de los padres. Esta emancipación tiene unos límites en algunos supuestos. La consecuencia de la emancipación es conceder al menor los derechos y obligaciones de un mayoría de edad. Los documentos a presentar en el Registro Civil de la localidad del menor es la de:
DNI tanto de los padres como la del menor, Certificado de nacimiento del menor y el certificado de empadronamiento
Es el trámite por el cual se rectifica el sexo en una persona en los datos inscritos en el Registro Civil. Este cambio, en la mayoría de los casos, va acompañado del cambio de nombre para adecuarlo al sexo que se solicita. Deberá aportar los siguientes documentos:
Como su propia palabra indica, es certificar la paternidad de un hijo, la certificación del reconocimiento de paternidad concluirá con la inscripción en el Registro Civil.
Si los padres del menor carecen de la vecindad en Cataluña, ambos tienen que acudir al Registro Civil.
Los documentos a presentar en el Registro Civil de Manresa de son estos:
Según refleja la Ley 20/2022 de 19 de octubre de Memoria Democrática, pueden optar a la Nacionalidad española a personas que hayan nacido fuera de España de padres, madres, abuelos y abuelas que hubieran sido originariamente Españoles y que por un exilio, por razones políticas, ideológicas o por creencias de identidad sexual, hubieran renunciado o perdido la Nacionalidad española.
Podrán optar a la Nacionalidad española las siguientes personas:
Según establece la definición del Ministerio de Justicia. La Nacionalidad por posesión de estado la obtendrá la persona que se ajuste a los términos siguientes: “Tendrá Derecho a la Nacionalidad Española aquella Persona que haya Poseído y Utilizado esta Nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español en realidad), en base a un Título inscrito en el Registro Civil. La Nacionalidad Española no se perderá aunque se anule el Título inscrito en el Registro Civil. El Interesado debe haber mantenido una actitud activa en dicha Posesión y Utilización de la Nacionalidad Española, esto significa que deberá haberse comportado teniéndose a sí mismo por español, tanto en el disfrute de sus derechos como en el cumplimiento de sus deberes en relación con Órganos del Estado español”
La adquisición de la Nacionalidad por residencia conlleva que el ciudadano que quiera acceder a ella por este medio, debe de residir en España continuadamente al menos 10 años antes desde que se solicita, este tiempo puede reducirse en algunos supuestos a 5, 2 y 1 año según establece la Ley.
La posibilidad de optar al trámite de la nacionalidad por opción es de las personas extranjeras que cumplen una serie de condiciones, son las siguientes:
Como la propia definición indica, son los españoles de origen los que tienen derecho a la Nacionalidad española, se entiende españoles de origen según las circunstancias siguientes:
Este reconocimiento, es una nota marginal que se coloca en la inscripción de nacimiento, la cual es realizada por el encargado del Registro Civil a petición del padre biológico. La asistencia a la oficina del Registro Civil, es de los dos, del padre y la madre biológicos y siempre tiene que ser aceptado el reconocimiento por la madre.
La documentación necesaria para este trámite es la siguiente:
Inscripción de nacimiento fuera de plazo legal de personas nacidas en territorio español.
Estas inscripciones se realizan cuando el nacimiento no se ha registrado antes de las 72 dos horas, si el nacimiento ha tenido lugar en un centro hospitalario o fuera de él, pero el nacimiento fue asistido por un profesional de la medicina. Cuando Se realiza directamente ante el Registro Civil por la persona o personas autorizadas, el plazo está antes de los diez días, pudiendo prorrogarse hasta los 30 días siempre que se pueda justificar la tardanza.
Cualquier ciudadano puede cambiar de nombre o alterar el orden de los apellidos. Solo se puede alterar el orden de los apellidos una sola vez. El cambio de nombre si se puede hacer cuantas veces se quiera, siempre que se den las siguientes circunstancias:
Están inscritos en el Registro Civil de Vilanova i la Geltrú los siguientes actos:
A continuación detallamos cuales son:
El certificado literal es una copia original y completa que incluye toda la información registrada en el momento del inicio de la inscripción del nacimiento, del matrimonio o la defunción y hechos registrales posteriores ocurridos en la vida de esa persona, como la obtención del DNI, pasaporte, matrimonio, nuevo matrimonio, capacidad, cambio de nombre, fallecimiento, etc.
El certificado simple u ordinario es una copia simplificada del certificado literal, que solo incluye información básica como el nombre, fecha, lugar del hecho y poco más.
El certificado bilingüe es aquel que está publicado en la lengua oficial de la comunidad autónoma, si la tuviese, además del castellano.
En el certificado plurilingüe se plasma un extracto de los datos de una persona recogidos del Registro Civil donde esté inscrita. Tiene validez para aquellos países que hayan firmado el convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976 y por lo tanto, se expide en el idioma oficial de los países firmantes y por consiguiente, el certificado no precisa de ser apostillado y de tener que ser legalizado.
El certificado negativo es un documento oficial que se expide para comunicar que la persona que solicita la certificación no está inscrita en el Registro Civil o Juzgado de Paz de la localidad donde se solicita.
Registros Civiles de Barcelona
Juzgados de Paz de Barcelona
Ventajas de usar nuestro servicio para obtener su certificado ante el Registro civil de Vilanova i la Geltrú
Solicitud sencilla, rápida y sin tener que pasar largas colas ni esperas
Gracias a nuestro servicio de gestión de solicitud de certificados, usted sólo tiene que preocuparse de rellenar el formulario y enviarnos la documentación pertinente. Del resto, nos ocupamos nosotros.
Envío por mensajero
En cuanto tengamos su certificado en nuestro poder, se lo enviaremos por Mensajero urgente. Porque nuestro deseo es que consiga sus certificados del Registro Civil cuanto
antes y de la forma más eficiente. Le enviamos la documentación que nos solicite a cualquier país.
En cualquier parte del mundo
Tramitamos solicitudes de certificados ante los registros Civiles de España y ante cualquier consulado español en otro país.
Si lo necesita, incluimos la apostilla o la legalización de sus certificados
Si por cualquier razón necesita apostillar o legalizar sus certificados, sólo tiene que indicárnoslo.
Experiencia, seguridad y profesionalidad al alcance de un clic
Puede tener absoluta confianza en que realizaremos sus gestiones lo antes posible, y con todas las garantías.
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Nuestra web dispone de un certificado SSL, con lo que la información siempre viaja encriptada. Máxima seguridad en sus datos.
Nuestro servicio de solicitud online de certificados en el Registro civil de Vilanova i la Geltrú
Nuestro portal está al servicio del ciudadano para la tramitación de forma online de solicitudes de certificados de nacimiento, certificados de matrimonio o certificados de defunción ante los Registros Civiles o Juzgados de Paz de todo el territorio nacional.
Usted puede realizar el trámite personalmente en muchos Registros Civiles, si dispone de su certificado digital o el sistema Cl@ve. También puede dirigirse en persona a la oficina del Registro Civil de su ciudad pidiendo, para ello, cita previa. En estos casos, no le cobrarán nada por el documento.
Si reside en el extranjero y necesita su certificado de nacimiento, el certificado de matrimonio o un certificado de defunción de hechos acontecidos en España, no se preocupe, realizaremos la gestión y le enviaremos el documento solicitado a cualquier otro país.
Si el nacimiento, matrimonio o defunción ha ocurrido en el extranjero y necesita su certificado, con nosotros puede obtenerlo y se lo enviamos a su domicilio, siempre que el hecho haya sido registrado en cualquier Embajada o Consulado español en el extranjero o en el Registro Civil Central.
Sepa también, que como valor añadido a la gestión para la obtención de un certificado, podemos hacer el trámite para apostillar el certificado solicitado, así como la obtención en la misma solicitud, del certificado de actos de última voluntad o el certificado de seguros de cobertura de fallecimiento.